domingo, 28 de septiembre de 2014

BORRADORES PARA ASAMBLEA CIUDADANA: ORGANIZATIVO (I). AHORA PODEMOS




PRINCIPIOS ORGANIZATIVOS DE PODEMOS
La soberanía de la asamblea ciudadana es el principal eje de este borrador, que contiene todas las especificaciones oportunas, y pretende recuperar la democracia participativa y real que hemos perdido.
No limitamos la capacidad que tiene la asamblea del pueblo en la toma de decisiones y potenciamos su poder ejecutivo, a modo de consejo ciudadano, aunque se especifique la creación de un necesario consejo ciudadano pero con menos centralización de poder de decisión, evitando prospectivamente posibles problemas de asentamiento político.
1º. PODEMOS es una organización política orientada a promover y defender la democracia y los Derechos Humanos en todos los ámbitos de la sociedad. PODEMOS se organiza de manera democrática y fomenta el debate y la participación abierta, respetuosa y directa de todos sus miembros en la toma de decisiones de la organización.
2º. PODEMOS utiliza todas las herramientas presenciales y telemáticas a su alcance para promover el empoderamiento ciudadano dentro y fuera de la organización y la participación directa de la gente en la toma de decisiones públicas y políticas.  
3º. En PODEMOS, todos y todas tienen derecho a voz y voto. El voto de todos los miembros tendrá el mismo peso, sin que quepa alteración alguna a este principio básico de igualdad política.
4º. En PODEMOS todo el mundo tiene derecho al ejercicio del sufragio activo (elegir) y pasivo (ser elegido) en todos los niveles de la organización.
5º. En PODEMOS, cada persona tiene derecho a un voto. El peso de todos los votos será siempre el mismo, con independencia de cuál sea su origen, territorio, nacionalidad, edad o confesión. El voto de ningún miembro podrá contar más que el voto de otro.
6º. Se intentará que  todos los órganos de representación de PODEMOS tengan una representación paritaria de mujeres y hombres sin que esto sea de obligado cumplimiento ya que prevalecerá en todo momento la formación y capacitación para las funciones, y se tendrán en cuenta la defensa de la propuesta, las ideas importantes y las votaciones directas de los miembros censados de PODEMOS.
7º. La unidad básica de organización de PODEMOS es el Círculo. El Círculo es la herramienta con la que PODEMOS promueve la participación, el debate y la relación activa con la sociedad .
Los Círculos PODEMOS pueden ser de carácter territorial o sectorial. Además de los Círculos, PODEMOS promueve otras  formas de participación abierta y ciudadana, como el Banco de Talentos, el Banco de Ideas, la colaboraciones, etc.
8º. La elaboración de los programas electorales, la confección de las listas de candidatos y candidatas a los órganos de representación institucional, la elección de portavoces o de miembros de los Consejos Ciudadanos de PODEMOS se llevará a cabo siempre de manera abierta a todas las personas que componen PODEMOS. sea cual sea su ámbito territorial de procedencia, es decir, cualquier persona militante de PODEMOS puede abiertamente presentarse a elecciones de funciones en cualquier territorio. Se abrirán siempre procesos de debate ciudadano sobre los contenidos de los programas y se utilizarán las formas refrendarias abiertas y ciudadanas para la selección de candidatos concurrentes a las elecciones.
9º. PODEMOS es una organización estatal que actúa con criterios de universalidad, coherencia y responsabilidad. Corresponde a la Asamblea Ciudadana Estatal (es decir, a todos los miembros de PODEMOS la toma de decisiones que afecten al conjunto de PODEMOS, cualquiera que sea el nivel sectorial o territorial en el que se originen esas cuestiones.
Corresponde a la Asamblea Ciudadana Estatal,todas las decisiones relativas a las líneas básicas de acción política general, los objetivos organizativos, (las vías de financiación, la representación y las acciones jurídicas, la planificación de las estrategias electorales en todos los niveles territoriales, la definición de las políticas de acuerdos o eventuales alianzas con otros grupos sociales o políticos, etc.) las decisiones referentes a los aspectos entre paréntesis serian competencia de los órganos en los que delegue la asamblea ciudadana.
La participación y decisión de todos los miembros de PODEMOS a través de procesos refrendarios será la que, en última instancia, garantizará siempre la acción coordinada, coherente y responsable de la organización en todos los ámbitos territoriales y sectoriales.
10º. PODEMOS promueve la participación directa de todos sus miembros en los procesos de toma de decisiones que afecten a la organización, recurriendo a todas las herramientas presenciales y telemáticas que puedan ampliar y garantizar la participación política democrática.
PODEMOS fomentará todos los espacios presenciales de participación al tiempo que se apoya en distintas herramientas informáticas para facilitar la deliberación y la toma de decisiones entro todos y todas. A través de las acciones impulsadas desde todos los niveles de la organización y, muy especialmente, desde los Círculos, se habilitarán los mecanismos para facilitar la participación en igualdad de condiciones a quienes puedan tener mayores dificultades de acceso a internet.
ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE PODEMOS
CAPÍTULO 1. LA AFILIACIÓN (“AFILIACIÓN” ES TÉRMINO LEGALMENTE REQUERIDO)
Para ser miembro de PODEMOS será necesario:
▪ Ser mayor de 16 años
▪ Inscribirse en el registro correspondiente con los datos personales y número de teléfono.
▪ Suscribir el documento base de Compromisos Éticos político y organizativo de PODEMOS.
Cuantias de afiliación.
La cuota mensual de afiliado/censado/inscrito ira en función de un baremo que tendrá en cuenta la declaración de la renta pagándose asi, en función de los ingresos e indicadores de la declaración, un 0% 25% 50% 75% 100% de la cuota.
Es decir, para el pago mensual se tendrá en cuenta la declaración anual de la renta, donde constan todas las cargas familiares, bienes e inmuebles, gastos, etc.
Las personas dependientes de una unidad familiar como estudiantes sin ingresos o desempleados sin subsidio de desempleo estarán exentos de pagar cuotas, asi como todas aquellas personas que no superen el umbral de renta correspondiente al 0% de la cuota.
Todos los miembros -afiliados de PODEMOS
▪ Tienen derecho a voz y voto en todos los espacios de discusión PODEMOS y en todas las Asambleas Ciudadanas de su ámbito territorial. El voto de todos y todos los miembros tendrá el mismo peso, sin que quepa alteración alguna a este principio básico de igualdad política.
▪ Tienen derecho a obtener, en el momento de su inscripción, un código de votación permanente que le habilitará para participar en todos los procesos de decisión de
PODEMOS.

▪ Tienen derecho al ejercicio del sufragio activo (elegir) y pasivo (ser elegido) en todos los niveles de la organización. incluyendo el nivel nacional, sin tener en cuenta su procendencia territorial.
▪ Tienen derecho a que su voto tenga el mismo peso que el del resto de los miembros de la organización, con independencia de cuál sea su origen, territorio,  nacionalidad, edad o confesión. El voto de ningún miembro podrá contar más que el de otro.
▪ Tienen derecho a recurrir al Comité de Garantías (comité elegido por la asamblea ciudadana estatal)  de PODEMOS para velar por el cumplimiento de sus derechos.
Todos los miembros de PODEMOS están invitados a:
                                                                                                                                                   
  Integrarse en el trabajo de los Círculos o crear Círculos nuevos
▪ Hacerse colaboradores de PODEMOS, lo que constituirá, junto a los crowdfundings, una de las principales vías de financiación de la organización.
  Integrarse en el Banco de Talentos
  Participar en el Banco de Ideas
  Colaborar con cualquier espacio de participación que se habilite.
CAPÍTULO 2. LA ASAMBLEA CIUDADANA
La Asamblea Ciudadana es el máximo órgano de decisión de PODEMOS y se reúne de manera ordinaria cada año. Todas las personas que forman parte de PODEMOS tienen derecho a participar con voz y voto en la Asamblea Ciudadana de PODEMOS. En este sentido, la Asamblea Ciudadana arbitrará todos los mecanismos disponibles para garantizar el ejercicio del derecho a voz y voto de todos los miembros, utilizando para ello todas las herramientas presenciales (círculos, espacios de encuentro, puntos de votación en plazas y parques, etc.) y telemáticas (www.podemos.info/plazapublica, reddit, retransmisiones en streaming de los espacios de deliberación presencial, etc.)
Son funciones de la Asamblea Ciudadana las siguientes:
a) Determinar la línea política de PODEMOS.
b) Aprobar los Estatutos de PODEMOS y sus modificaciones.
c) Determinar la forma en la que se elaborará el programa de PODEMOS.
d) Determinar los principios en base a los cuales se conformarán las listas electorales en los distintos comicios a los que concurra PODEMOS.
e) Determinar los principios en base a los cuales se configurarán relaciones y posibles alianzas con otras fuerzas políticas y sociales.
e) Elegir a las 80 personas que formarán el Consejo Ciudadano, mediante un sistema de listas abiertas intentando ser paritarias (especificado en el punto 6º)
f) Elegir al/la Portavoz de Podemos mediante un sistema electoral de voto directo.
g) Elegir a los/las integrantes de la Comisión de Derechos y Garantías
h) elegir y decidir las líneas,   acciones y competencias de la comisión de garantias
i) decidir sobre las acciones politicas concretas y generales a nivel nacional, que vayan a ser presentadas en el congreso, senado y parlamento.
j) decidir sobre la revocacion directa de un representante, portavoz, o cargo sea cual sea su procedencia si imcumple alguno de los compromisos (etico, politico u organizativo).
k) decidir mediante votos en asamblea ciudadana la revocación de los distintos cargos, necesitando para comenzar el proceso revocatorio un 45 % de los votos.
l) decidir como seria el proceso de revocacion de los cargos y funciones. (convocando asamblea ciudadana estatal extraordinaria, y que para cada caso de revocacion dependiendo quien sea, y el cargo que sea y las funciones que desempeñe, se construya un proceso u otro.)
m) decidir la formacion de una comision de revocacion que gestione el proceso, que cumpla un requisito de aleatoriedad, para asegurarnos de evitar sesgos e influencias sociales y relacionales.
n) decidir si los círculos podrán presentarse o no a las elecciones municipales y autonómicas.
o) construccion del reglamento interno del consejo ciudadano a modo de preborrador, discutible y modificable en la asamblea ciudadana.
p) abrir candidatura a listas de organización de la proxima asamblea ciudadana, y votarlas al final de la asamblea ciudadana en curso.
CAPÍTULO 3. EL CONSEJO CIUDADANO
El Consejo Ciudadano es el máximo órgano entre Asambleas Ciudadanas y su función es la de dar continuidad a la línea política acordada en las Asambleas Ciudadanas y adaptarla a las circunstancias del momento. Aprobará los borradores básicos de los programas electorales de PODEMOS que, posteriormente, se discutirán de manera abierta por todos los miembros a través de los procedimientos (telemáticos o presenciales) habilitados para ello.
El Consejo Ciudadano impulsará (regulará o gestionará) la actuación del resto de los órganos de PODEMOS.
El Consejo Ciudadano está compuesto por 80 miembros y organizado por Áreas de Trabajo. Sus miembros serán elegidos en la Asamblea Ciudadana a través de listas abiertas, intentando ser paritarias (especificado en el punto 6º) Su mandato tendrá una duración de 1 año. y se puede prorrogar si asi lo decidieran ellos, y sometiendolo a una votación en asamblea ciudadana estatal seria refrendada su peticion de prorroga.
El Consejo Ciudadano se regirá por un reglamento interno que elaborará la asamblea ciudadana.
El Consejo Ciudadano elegirá entre sus miembros en su primera reunión un coordinador/a del Consejo. La elección de este/a coordinador/a requerirá de una mayoría absoluta de los votos en primera vuelta y de una mayoría simple en segunda vuelta.
Los miembros del Consejo Ciudadano podrán ser revocados mediante un referéndum. Para iniciar un proceso de votación destinado a revocar el mandato de un integrante del Consejo Ciudadano será necesario aportar el aval de un 30% de entre todas las personas que ejerzan su derecho al voto. en asamblea ciudadana se decidira la construccion de una comision de revocacion como ya se especifica anteriormente en las competencias de la asamblea ciudadana. Los referendos revocatorios siempre serán de carácter individual.
Son funciones del Consejo Ciudadano:
a) Dar continuidad a la línea política acordada en las Asambleas Ciudadanas y adaptarla a las circunstancias del momento.
b) Elaborar y aprobar los borradores de los programas electorales de PODEMOS que, posteriormente, se discutirán de manera abierta a través de los procedimientos habilitados para ello.
c) Impulsar, regular y gestionar la actuación de los órganos de gobierno de PODEMOS.
d) Convocar las Asambleas extraordinarias y nombrar a los y las integrantes de la Mesa de Organización de las Asambleas Ciudadanas Extraordinarias.
e) las listas son abiertas desde todas las bases, 80 personas no pueden decidir como seran las listas de las elecciones, eso seria disciplina de partido, y podria ser que esas 80 personas decidieran unas listas cerradas y eso no es democratico
f) Determinar los procedimientos que permitirán definir relaciones y posibles alianzas electorales con otras fuerzas políticas y sociales en cada proceso electoral. y dar a conocer las decisiones que podrian ser revocadas si incumplieran los compromisos eticos, organizativos y politico de PODEMOS.
g) Definir las Áreas en las que se articula el trabajo de Consejo Ciudadano, teniendo en cuenta las indicaciones decididas en la asamblea ciudadana, incluyendo necesariamente el área de Organización haciendo participe de las votaciones y modificaciones posibles a todos los miembros de PODEMOS, y elegir por mayoría simple a las personas que se encargarán de coordinar cada área de trabajo.
h) Hacer seguimiento trimestral, como mínimo, de las distintas responsabilidades del Consejo de Coordinación y su ejercicio.
i) Aprobar el presupuesto y la rendición de cuentas de cada ejercicio, revocable todas sus decisiones si no cumple con el compromiso de PODEMOS para con la ciudadania.
j) Aprobar los presupuestos de las campañas electorales y de las campañas específicas a nivel estatal.
k) Elaborar y actualizar periódicamente el “Libro de Registro de Afiliados” y garantizar el cumplimiento de todos los requisitos exigidos por la Ley de Protección de Datos.
CAPÍTULO 4. LA PORTAVOCÍA
La Asamblea Ciudadana elegirá un/una Portavoz responsable de la representación política e institucional del Partido.
Durante los intervalos entre las reuniones del Consejo de Coordinación el/la portavoz ejercera funciones de direccion representativa y funciones de responsabilidad, pero cualquier decision vinculante sobre organización o linea politica debe ser votada por la ciudadania que le transmitira sus votos al consejo. En esos períodos, corresponde al/la Portavoz dar continuidad a la línea política de acordada en las Asambleas Ciudadanas y el Consejo Ciudadano y adaptarla a las circunstancias del momento.
El/la Portavoz de PODEMOS será elegido por todos los miembros de PODEMOS mediante sufragio libre y directo en el curso de la Asamblea Ciudadana, pudiendo votarse de manera presencial o telemática.
La duración del mandato del Portavoz es de un año, prorrogable previa votacion debiendo renovarse su elección en cada Asamblea Ciudadana ordinaria.
El/la Portavoz de Podemos podrá ser revocado/a mediante un referéndum convocado a tales efectos. Para iniciar un proceso de votación destinado a revocar el mandato del/a Portavoz será necesario aportar el aval de un 30% de los. votos emitidos en el proceso de revocacion pertenecientes a personas afiliadas.
La comision de revocacion formada en asamblea extraordinaria ciudadana actuando de manera colegiada será el encargado de organizar el proceso electoral de revocación
CAPÍTULO 5. EL CONSEJO DE COORDINACIÓN
El Consejo de Coordinación y la Portavocía son los órganos ejecutivos de PODEMOS.
Durante los períodos en los que no está reunido el Consejo Ciudadano, corresponde al Consejo de Coordinación dar continuidad a la línea política de acordada en las Asambleas Ciudadanas y adaptarla a las circunstancias del momento.
El Consejo de Coordinación estará compuesto por un  número de entre 10 y 15 personas. El/la Portavoz de PODEMOS es miembro nato del Consejo de Coordinación.
Salvo el/la Portavoz, todos los y las integrantes del Consejo de Coordinación son elegidos por el Consejo Ciudadano de entre sus miembros. Su mandato es anual y serán renovados tras la celebración de cada Asamblea Ciudadana ordinaria, cuando hayan tomado posesión de su cargo el/la Portavoz de Podemos y los/las miembros electos del  Consejo Ciudadano.
( la revocacion seguira el mismo modelo de comision de revocacion explicado anteriormente en todos los parrafos anteriores)
Los referendos revocatorios siempre serán de carácter individual.
 
CAPÍTULO 6. LA COMISIÓN DE DERECHOS Y GARANTÍAS
La Comisión de Derechos y Garantías es el órgano encargado de velar por el respeto a los derechos de los miembros de Podemos y las normas de funcionamiento de la organización.
La Comisión de Derechos y Garantías está compuesta por 9 miembros titulares y 9 suplentes elegidos directamente por la Asamblea Ciudadana mediante voto directo con un sistema de listas abiertas. Al menos la mitad de los miembros de la Comisión de Derechos y Garantías deberán ser juristas.
Se constituirán delegaciones de garantías en los distintos territorios, dependientes de la comisión estatal de derechos y garantías, y que se encargaran de realizar las distintas funciones en las provincias en las que se constituyan.
Ante las faltas muy graves, que puedan implicar la expulsión de la organización, la Comisión de Derechos y Garantías contará con el apoyo de un jurado elegido por sorteo entre todos los miembros de PODEMOS.
CAPÍTULO 7. LA ESTRUCTURA TERRITORIAL
La unidad básica de organización de PODEMOS es el Círculo. El Círculo es la herramienta con la que PODEMOS promueve la participación, el debate y la relación activa con la sociedad.
Los Círculos PODEMOS pueden ser de carácter territorial o sectorial.
Además de los Círculos, PODEMOS promueve otras  formas de participación abierta y ciudadana, como el Banco de Talentos, el Banco de Ideas, la colaboraciones, etc.
PODEMOS se organiza de manera territorial y sectorial.
Desde el punto de vista territorial, las estructuras organizativas de PODEMOS reconocen los niveles municipal, insular, autonómico y estatal.
Los niveles local, comarcal y provincial se entienden como ámbitos para la coordinación de la acción política, siempre que los Círculos de esos territorios lo consideren de utilidad.
LOS CÍRCULOS PODEMOS
El Círculo es la herramienta con la que PODEMOS promueve la participación, el debate y la relación activa con la sociedad. Los Círculos PODEMOS pueden ser de carácter territorial o sectorial.
Todos los Círculos PODEMOS son soberanos para organizar su forma de trabajo según las áreas o comisiones que sus integrantes consideren adecuada para cumplir con sus objetivos.
Cada Círculo PODEMOS podrá establecer relaciones horizontales con todos los Círculos PODEMOS que considere oportuno, sin que sea necesaria la mediación de Consejo Ciudadano ni de ningún otro órgano de PODEMOS.

Desde los órganos elegidos democráticamente se potenciará la comunicación entre los círculos intentando apoyarse en herramientas telemáticas.
Todos los miembros de Podemos poseen los mismos derechos y obligaciones dentro y fuera de los Círculos y todos podrán participar con derecho a voz y voto en las Asambleas Ciudadanas de Podemos.
El Equipo Técnico elaborará un Protocolo de Validación de los Círculos que deberá ser aprobado por la Asamblea Ciudadana Estatal. La validación efectiva de cualquier Círculo necesitará del visto bueno del Consejo Ciudadano Estatal, que seguirá para ello el protocolo aprobado por la asamblea ciudadana estatal.
SOBRE LA ORGANIZACIÓN MUNICIPAL
A nivel municipal, se proponen dos tipos de organización para podemos: una estructura simple y una más compleja para municipios con más de 200 miembros.
Estructura organizativa para municipios con menos de 200 miembros.
En los municipios con menos de 200 afiliados, la estructura no tendrá más órgano que la propia Asamblea Ciudadana. (respetando la soberania y autonomia de estructuracion de los circulos, con sus grupos o comisiones de trabajo)
Las Competencias de la Asamblea Ciudadana (de afiliados al circulo en cuestion) en estos municipios serán:
a) Adaptar la línea política de Podemos al municipio.
b) Determinar la forma en la que se traducirán los principios programáticos del programa de Podemos al municipio
d) Determinar la forma en la que se traducirán los principios de conformación de las listas electorales en los distintos comicios a los que concurra Podemos en el municipio.
e) Determinar  la forma en la que se traducirán al ámbito municipal los principios en base a los cuales se configurarán relaciones y posibles alianzas electorales con otras fuerzas políticas y sociales.
j) Definir las funciones y forma de coordinación con círculos de otros municipios.
En estos casos, la función de portavocía o responsables de área, de medios, etc. será elegida de manera rotatoria de acuerdo con los criterios que establezca la propia Asamblea.
Estructura organizativa para municipios con más de 200 miembros.
A nivel municipal, la Asamblea Ciudadana  es el máximo órgano de decisión de PODEMOS y estará integrada por todos los miembros de los Círculos existentes en el municipio.
La Asamblea Ciudadana comprenderá a todos los miembros de PODEMOS residentes en la localidad, con independencia del Círculo al que pertenezcan.
Esta Asamblea Ciudadana municipal deberá arbitrar los mecanismos para garantizar el derecho a voz y voto a todos los miembros de PODEMOS (herramientas de participación, herramientas de votación, retransmisiones en streaming para seguir los momentos de deliberación presencial, puntos de votación no telemáticos, etc.) Entre sus funciones hay que señalar:
a) Adaptar la línea política de Podemos al municipio.
b) Determinar la forma en la que se traducirán los principios programáticos del programa de Podemos al municipio
d) Determinar la forma en la que se traducirán los principios de conformación de las listas electorales en los distintos comicios a los que concurra Podemos en el municipio.
e) Determinar  la forma en la que se traducirán al ámbito municipal los principios en base a los cuales se configurarán relaciones y posibles alianzas electorales con otras fuerzas políticas y sociales.
e) Elegir un Consejo Ciudadano del Círculo para el municipio, mediante un sistema delistas abiertas en las que prevalecerá la capacitación de los candidatos intentando ser paritarios en la medida de lo posible. El Consejo Ciudadano del círculo para el municipio es el máximo órgano del partido entre Asambleas Ciudadanas municipales. (manteniendo la horizontalidad que nos representa, y nunca tomando decisiones de forma unilateral al resto de miembros participantes del censo, (una persona un voto))
f) Definir las funciones del Consejo Ciudadano del Círculo para el municipio.
g) Elegir al/la Portavoz de Podemos en el municipio mediante un sistema electoral de voto directo.
h) Definir las funciones del Portavoz de Podemos en el municipio y las competencias de su equipo de apoyo.
i) Definir las funciones y forma de coordinación con los círculos de sectoriales y de ámbito territorial menor al municipio, en caso de que existan.
j) Definir las funciones y forma de coordinación con círculos de otros municipios.
SOBRE LA ORGANIZACIÓN AUTONÓMICA
A nivel autonómico se replicará el modelo municipal basado en los principios organizativos de los círculos.
En ese sentido la Asamblea Ciudadana de la Comunidad Autónoma es el máximo órgano de decisión de PODEMOS en ese ámbito territorial.  Esta Asamblea Ciudadana comprenderá a todos los miembros de PODEMOS residentes en dicho ámbito.
Esta Asamblea Ciudadana deberá arbitrar los mecanismos para garantizar el derecho a voz y voto a todos los miembros de PODEMOS (herramientas de participación, herramientas de votación, retransmisiones en streaming para seguir los momentos de deliberación presencial, puntos de votación no telemáticos, etc.)
Entre sus funciones hay que señalar:
a) Adaptar la línea política de Podemos al terrritorio.
b) Determinar la forma en la que se traducirán los principios programáticos del programa de Podemos al territorio
d) Determinar la forma en la que se traducirán los principios de conformación de las listas electorales en los distintos comicios a los que concurra Podemos en el territorio.
e) Determinar  la forma en la que se traducirán al ámbito autonómico los principios en base a los cuales se configurarán relaciones y posibles alianzas electorales con otras fuerzas políticas y sociales.
e) Elegir un Consejo Ciudadano Autonómico para el territorio, mediante un sistema delistas abiertas corregido con criterios de género. El Consejo Ciudadano Autonómico es el máximo órgano del partido entre Asambleas Ciudadanas autonómicas.
f) Definir las funciones del Consejo Ciudadano Autonómico para el territorio,
g) Elegir al/la Portavoz de Podemos en el territorio mediante un sistema electoral de voto directo.
h) Definir las funciones del Portavoz de Podemos en el territorio y las competencias de su equipo de apoyo.
i) Definir las funciones y forma de coordinación con los círculos de sectoriales y de ámbitoterritorial municipal.
CAPÍTULO 8. ADMINISTRACIÓN, FISCALIZACIÓN Y CONTROL.
El ejercicio económico del partido coincidirá con el año natural.
El Consejo de Coordinación elaborará, con periodicidad anual, el presupuesto del siguiente ejercicio. Dicho presupuesto deberá ser aprobado por (la asamblea ciudadana con anterioridad al inicio del ejercicio económico.
Finalizado el Ejercicio Económico, el Consejo de Coordinación elevará informe sobre la ejecución del presupuesto al Consejo Ciudadano, el cual aprobará o denegará dicha ejecución.
EL INTERVENTOR.
El Consejo Ciudadano elegirá cada año entre sus miembros a un interventor de cuentas que debera ser economista con formacion y capacitacion demostrables, que no podrá ser miembro del Consejo de Coordinación. Su función será mantener un control permanente sobre la gestión económica del partido y que podría ser revocado si no realiza las demostraciones necesarias del buen cumplimiento de su trabajo en función de nuestros principios éticos, políticos y organizativos.
ACCESO A LOS DOCUMENTOS ECONÓMICOS
Cualquier miembro de PODEMOS tendrá derecho a acceder a cualesquiera documentos económicos en posesión del partido, con la única limitación de lo contenido en la Ley Orgánica de Protección de Datos. (los documentos economicos seran traducidos y desencriptados, de modo que cualquier persona pueda tener acceso a su comprensión, sin tener en cuenta el nivel de formacion de la misma.)
RÉGIMEN DOCUMENTAL. OBLIGACIONES CONTABLES.
El partido llevará, además del Libro de Afiliados, los Libros de Actas, de Contabilidad, de Tesorería, y de Inventarios y Balances, que permitan en todo momento conocer su situación financiera. Se realizarán informes de transparencia detallados con una periodicidad trimestral.

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